La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha abierto un expediente sancionador contra la Corporación de Radio y Televisión Española (CRTVE) por una posible vulneración del artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) al haber emitido campañas publicitarias de patrocinios culturales que podrían considerarse comunicaciones comerciales. La difusión de este tipo de comunicaciones comerciales no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE.
Los presuntos patrocinios culturales que se investigan en el expediente se emitieron en los canales de televisión La 1, La2, Clan TV, 24H y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018.
Según indica la CNMC, la mayoría de patrocinios culturales analizados no respetan las condiciones establecidas en la normativa audiovisual y, en consecuencia, serían susceptibles de constituir comunicaciones comerciales o spots, cuya emisión está prohibida por parte de CRTVE. Por ejemplo, se introducen elementos visuales y mensajes accesorios o menciones sobre las virtudes o características de los productos o servicios promocionados, que incitan directamente a su compra.
En general, los patrocinios culturales, también los emitidos por CRTVE, deben ajustarse a lo dispuesto en el artículo 16 de la LGCA y en el artículo 12 del Reglamento de Publicidad: deben de estar referidos a programas, no a secciones o avances de programa; que su duración no exceda con carácter general de 10 segundos; que vayan colocados inmediatamente antes o inmediatamente después del programa patrocinado; o que no inciten directamente a la compra o arrendamiento de productos, bienes o servicios.
CRTVE dispone de 10 días para presentar alegaciones.
El pasado 4 de abril la CNMC emitía su informe sobre la actividad de CRTVE y el cumplimiento de sus objetivos de servicio público. En este informe la Comisión afirmaba que el actual sistema de financiación no proporciona a la CRTVE una estabilidad financiera adecuada para la prestación del servicio público y recomendaba su modificación.
Imagen sobre el titular.- © CRTVE.
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Informe sobre el cumplimiento de las obligaciones de Radio Televisión Española en 2015 y 2016














