La UE regulará el uso de las opiniones online de clientes como argumento publicitario

El Consejo Europeo aprobaba ayer una reforma de la legislación de protección a los consumidores y usuarios que pretende amparar mejor a los clientes y atará corto ciertas prácticas online y offline, incluidas algunas de carácter publicitario, que venían perjudicando a los ciudadanos europeos.
Entre las reformas se incluyen normas para aumentar la transparencia en las transacciones online, en particular con respecto al empleo como argumento publicitario de las opiniones online de clientes, con respecto a la fijación de precios personalizados basados ​​en algoritmos o la presentación de una consideración mejor de los productos debido al paid search, o lo que es lo mismo.

Pero la reforma proyectada no se detiene ahí, el texto aprobado ayer incluye:

1.-Una mayor harmonización y unificación de criterios a la hora de imponer sanciones.

2.- El derecho de los consumidores individuales a disponer de formas de reclamación también individuales cuando se ven perjudicados por practicas comerciales injustas, como las de marketing agresivo. Estos remedios deberan ser proporcionados, eficaces y no deben afectar a la aplicación de otros ya disponibles para los consumidores tanto bajo la legislación europea como nacional.

3.- Los mercados (marketplaces) online tendrán que informar a los consumidores de quién se responsabiza frente a cualquier incidencia relacionada con la venta, el vendedor o el propio mercado online.

4.- Mejora de la protección de los consumidores con respecto a los llamados «servicios digitales gratuitos», como aquellos que los usuarios reciben no a cambio del pago de dinero pero a cambio de proveer al prestador del servicio de sus datos personales. El texto cita como ejemplos los servicios de: Almacenamiento en la nube, redes sociales y cuantas de e-mail.

5.- Será obligatorio ofrecer a los clientes una información clara en el caso de reducción en el precio de los productos.

6.- La nueva normativa prohibirá la imposición de cargas desproporcionadas, como el empleo de medios de comunicación caducos ya por parte de los comerciantes.

7.- Se aclaran los límites dentro de los cuales Estados miembros son libres para adoptar regulaciones legales con el fin de proteger los intereses legítimos de los consumidores con respecto a algunas prácticas de comercialización o venta particularmente agresivas o engañosas en el contexto de las ventas fuera del punto de venta habitual.

8.- Se aclaran las directrices para que los Estados miembros adopten regulaciones legales sobre comercialización engañosa de productos de «calidad dual».

Tras el control legal / lingüístico estándar, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptarán el texto. Los Estados miembros tendrán 24 meses a partir de la entrada en vigor de la directiva para transponerla a la legislación nacional.

Imagen sobre el titular.- Donald Tusk (Presidente del Consejo Europeo), Marzo 2019. Unión Europea. © Unión Europea.

Links externos relacionados:

El texto con las reformas a la legislación de protección a consumidores y usuarios acordado por el Consejo Europeo el 29 de marxzo de 2019 (en inglés)

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