Representantes de Telefónica, Orange,Vodafone, Yoygo y Ono acaban de firmar un Código Deontológico para regular sus operaciones de televenta. El código compromete a los firmantes, en relación con los usuarios, a poner en marcha una serie de lo que las operadoras llaman buenas prácticas en las llamadas comerciales que realizan. En este primer acuerdo, que está abierto a la incorporación de nuevos operadores, se ha realizado, según los firmantes, un importante esfuerzo para ofrecer un conjunto de garantías especialmente en la forma, reiteración y control de las llamadas que reciben los consumidores. Algo es algo. Los abusos eran evidentes y reiterados.
Que las operadoras se auto limiten y las llamadas se hagan más soportables no quiere decir en absoluto que las operaciones de tele venta montadas por estas compañías no sigan siendo abusivas e irritantemente invasivas de la intimidad de unas personas, que, para más inri, son además sus clientes.
Si el spam está prohibido, si existe una Ley Orgáníca de Protección de Datos Personales (LOPDP) que prohíbe usar el nombre apellidos, dirección y demás datos personales del ciudadano, salvo su consentimiento expreso, para enviarles ofertas comerciales o promociones por correo postal o electrónico; si existe, como existe, una cultura ya muy extendida, también en nuestro país, de rechazo a la intrusión publicitaria o vendedora no autorizada o no pedida por el destinatario de este tipo de acciones, a uno le causa una cierta risa este Código Deontológico de las compañías de telecomunicaciones. ¿Qué quieren, parecer buenos chicos? Pues no lo son, y probablemente ni siquiera legales.
Operadoras de telecomunicaciones, «do not disturb, please » con operaciones de televenta, y punto. Salvo permiso expreso, como mandan los cánones. Marketing directo, incluso telefónico, sí, pero legal.
No mareen a la gallina, que gallina mareada no pone huevos y menos de oro.
Imagen sobre el titular.- Phone, do not disturb. © Eastwind














