Nueva Directiva de Medios Audiovisuales aprobada por el Parlamento Europeo

El Pleno del Parlamento Europeo ha aprobado hoy el texto de la nueva Directiva sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual). La norma modifica la Directiva 2010/13/UE de servicios de comunicación audiovisual.

La Directiva aprobada hoy establece, entre otras cosas, nuevos límites a la emisión de publicidad, una protección reforzada para los menores, y que el 30% de la oferta de las plataformas de vídeo a la carta deben ser contenidos con producción europea.

¿A qué medios se aplica?

La nueva regulación se aplicarán a las cadenas de televisión, pero también a las plataformas de video a la carta, como Netflix, y a las de distribución de videos, como YouTube y Facebook, así como a las retransmisiones en directo en las mencionadas plataformas.

Nuevos límites a la publicidad

La publicidad podrá suponer un máximo del 20% del tiempo de emisión entre las 6:00 y las 18:00. El mismo límite del 20% se aplicará al horario de máxima audiencia, que queda fijado entre las 18:00 y las 0:00.

También habrá nuevas reglas sobre publicidad y posicionamiento de productos en los programas infantiles. Tanto esta técnica publicitaria como la teletienda estarán vetadas en los programas para niños. Los países miembros podrán decidir si también quieren prohibir los patrocinios en estos programas.

Protección reforzada a los menores

Los proveedores de servicios audiovisuales deberán tomar medidas para combatir el contenido que incite a la violencia, el odio y el terrorismo. La violencia gratuita y la pornografía estarán sujetas a reglas estrictas.
Es obligación de las plataformas en las que se comparten videos reaccionar cuando los usuarios detecten la existencia de contenido perjudicial.

La directiva no establece ningún sistema para filtrar el contenido antes de subirlo, pero a petición del Parlamento, las plataformas tendrán que crear un mecanismo transparente, sencillo y efectivo para permitir a los usuarios marcar el contenido o notificarlo a los administradores del sitio.

Los negociadores del PE también lograron incorporar una cláusula para garantizar la protección de los datos personales de los menores y asegurar que en ningún caso los proveedores los utilizan con fines comerciales, incluida la elaboración de perfiles para publicidad adaptada en función de las pautas de consumo.
30% de producción europea

Con objeto de impulsar la diversidad cultural en el sector audiovisual europeo, las plataformas de video a la carta estarán obligadas a incluir en su catálogo un mínimo del 30% de contenido europeo.
Las mencionadas plataformas también tendrán que contribuir al desarrollo de la producción audiovisual europea, mediante inversión directa en contenido o con contribuciones a los fondos nacionales. El nivel de contribución en cada país deberá ser proporcional a sus ingresos por video a la carta en ese país.

La nueva Directiva también incorpora disposiciones sobre accesibilidad, integridad de la señal y refuerzo de los organismos reguladores.

Entrada en vigor

El pleno del Parlamento Europeo respaldó el acuerdo informal entre el Parlamento y el Consejo con 452 votos a favor, 132 en contra y 65 abstenciones.
El texto legislativo deberá ahora ser adoptado formalmente por el Consejo de Ministros, antes de su publicación en el Diario Oficial y su entrada en vigor. Los Estados miembros tendrán 21 meses a partir de esa fecha para trasladar los cambios a la legislación nacional.

Imagen sobre el titular.-La nueva normativa se aplicará a las televisiones y a las plataformas de video a la carta y de distribución de video©AP images/EU-EP

Links externos relacionados:

Directiva 2010/13/UE (texto aprobado hoy) 

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