IVA y aduanas, principales escollos para el crecimiento del comercio online desde España

Si alguien ha pensado que poner una tienda on-line en España le garantiza un comercio a coste reducido, libre y sin aduanas, se equivoca de medio a medio. Persisten de hecho las fronteras fiscales, incluso dentro de la Unión Europea debido a la falta de armonización de los tipos de IVA y el principio de tributación en destino cuando se supera un cierto nivel de negocio con otro país.

Pero además en el caso de tiendas on-line radicadas en España que venden a países no miembros de la UE, la legislación de nuestro país encarece de tal modo los costes de envío que el acceso a otros mercados por parte de las Pymes con pedidos de escaso valor puede convertirse poco menos que en una quimera.

La culpable de todo esto es una normativa que aplica el régimen ordinario de la documentación aduanera al comercio electrónico cuando el número de pedidos a enviar a un mismo país excede de cierta cantidad, sea cual sea su valor unitario. El bufete de abogados Ad&Law ha querido hacer algunos comentarios sobre estos problemas que impiden que el comercio electrónico transfronterizo desde España crezca lo rápida y saneadamente que podría.

Hasta €18 por pedido

Según los datos recabados por la CNMC el 74,2% de las compras online realizadas desde fuera de España se hicieron desde países miembros de la Unión Europea pero, el resto, se realizó desde países no miembros de la UE.

En estos casos las tiendas on-line deben reflejar a través de un documento único aduanero (DUA) la salida efectiva del producto vendido si quieren que dicha venta esté exenta del IVA español. Las tiendas Internet se ven obligadas a ello porque el Ministerio de Hacienda todavía no acepta como justificante de salida de la mercancía el resguardo de envío expedido por Correos junto con el correspondiente albarán. de entrega.

El coste del DUA por producto enviado, según explica este despacho de abogados, puede alcanzar los €18, lo que lleva a que las empresas dejen de ser competitivas si lo repercuten al cliente o bien vean mermado su margen comercial por el elevado coste de este documento obligatorio.

Ad&Law explica que el DUA no depende de lo que facture la empresa sino de la cantidad de clientes que tenga fuera de la UE. Por ejemplo, si una compañía realiza 100 envíos a clientes en Brasil, tendría que disponer de un DUA por cada envío, lo que supondría un coste total aproximado, de €1.800.

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Dejando aparte el hecho de que el precio del envío en estos casos podría muy bien superar el valor de la mercancía a facturar, en caso de que la empresa no haya elaborado un DUA, Hacienda exigirá al empresario que abone de su bolsillo el IVA de los productos vendidos a particulares fuera de la Unión Europea, al considerar estas ventas como operaciones Interiores.

Al DUA se une la falta de armonización y el principio de tributación del IVA en destino

Al DUA se une la complicación y falta de armonización de las legislaciones y tipos de IVA en los diferentes países miembros de la UE y el principio de tributación de este impuesto en destino, propio del Régimen Especial de Ventas a Distancia aplicable al comercio electrónico dentro de la UE. Según la mencionada legislación, todas las ventas a cualquier país de la Unión se localizan en destino a partir de un monto máximo de facturación determinado por cada país miembro.

Si una empresa de e-commerce española realiza ventas a particulares en Reino Unido que superan las 70.000 libras, explica la firma de asesores fiscales, deberá aplicar el IVA de este país. En el caso de Alemania y Francia este límite se encuentra en €100.000 y, en Italia, en €35.000.
Para poder tributar en el extranjero las empresas deben conseguir un NIF del país correspondiente e ingresar trimestralmente el IVA repercutido a los particulares en dicho país.

Este régimen no afecta a las ventas entre empresas, al no estar sujetas al IVA, por lo que son los pequeños envíos los que se ven perjudicados, subraya el bufete.

Fuga de comercios

“Debido a la regulación fiscal que tenemos ya hay empresas de comercio electrónico que están pensando en marcharse del país y trasladarse a otras regiones que tengan fiscalidades más flexibles, generalmente fuera de la UE”, dicen desde Ad&Law.

Concretamente en el caso de la normativa relativa al IVA, la firma de asesores fiscales advierte: “Las empresas de fuera de la UE no tienen que cumplir con este régimen especial en su país, teniendo en la mayoría de casos normativas más flexibles, por lo que a muchos negocios españoles les sale más rentable cambiar su domicilio fiscal y social fuera de la UE”.

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