La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con un total de €219.342 a la Corporación de Radio y Televisión Española S.A. (CRTVE) por haber emitido, en su canal LA 1, de ámbito nacional, una comunicación comercial encubierta de la marca “Bodegas González Byass” y de sus productos (vinos: Tío Pepe, Viña AB, Alfonso, Noé y Beronia)» en el programa “Masterchef”, emitido el día 18 de mayo de 2016 y reemitido el 21 de mayo de 2016.
CRTVE podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
Mediante Resolución de fecha 11 de febrero de 2016, la CNMC requirió a la CRTVE que cesase la emisión de comunicaciones comerciales en cualquier programa de “Masterchef” y “Masterchef Junior”
Posteriormente, el 2 de junio de 2016 tuvo entrada en el registro de CNMC una denuncia de la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC), en relación con la posible emisión de publicidad encubierta de las Bodegas González Byass y de sus productos en el programa “Masterchef”, emitido el 18 de mayo de 2016, en el canal La 1 de CRTVE.
«Del visionado del citado programa se desprende que la presentación, reiteración y alusiones directas a las marcas y a sus posibles características, virtudes y méritos, podrían constituir un propósito publicitario por parte del prestador del servicio (<<tenemos la suerte de estar en una de las bodegas más prestigiosas y antiguas de España>>, <<han convertido estos vinos en todo un referente de calidad a nivel internacional>>, etc., acompañado de diferentes catas de vinos y visitas por las bodegas),» dice la CNMC en su resolución sancionatoria.
«Asimismo», añade, «en el transcurso del programa se alude a un espectáculo turístico <<A campo abierto>>, estrechamente vinculado a la empresa propietaria de las bodegas citadas, definiéndolo como <<una de las ofertas más atractivas de la zona>>, acompañado de imágenes del espectáculo y con referencias y presentaciones de uno de los vinos de la Bodega (Beronia). Se considera también que podría haber una intención publicitaria por parte del prestador del servicio.»
Una vez instruido el expediente, la CNMC ha declarado a la Corporación de Radio y Televisión Española S.A. (CRTVE) responsable de la comisión de una infracción administrativa continuada de carácter grave del artículo 58.8 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual y le ha impuesto una multa por importe de €219.342, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
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