La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado a cinco empresas: Carat España SAU, Inteligencia y Media SA, Media By Design Spain SA, Media Sapiens Spain SL y Persuade Comunicación y a tres de sus directivos o representantes legales por el intercambio de información comercial sensible, con el objetivo de repartirse los concursos basados en el Acuerdo Marco 50/2014, por cuatro de las cinco adjudicatarias del mismo.
La conducta sancionada ha consistido en el intercambio de información comercial sensible, con el objetivo de repartirse los concursos basados en el Acuerdo Marco 50/2014. En dicha conducta participaron cuatro de las cinco adjudicatarias (Carat, Persuade, Media Sapiens y Media By Design), con la colaboración de Ymedia.
Las sanciones impuestas a las empresas se elevan a un total de €7,12 millones.
La CNMC ha acordado mediante Resolución de 3 de mayo las siguientes multas, en tanto que la conducta prohibida se encuentra tipificada como una infracción muy grave del artículo 62.4.a) de la LDC: A Carat España SAU (€4 millones); a Inteligencia y Media (€2 millones); a Media Sapiens Spain SL (€627.890) y a Persuade Comunicación SA (€495.000)
El artículo 63.2 de la LDC establece la posibilidad de sancionar a los representantes legales o las personas que integran los órganos directivos que hayan intervenido en los acuerdos o decisiones. En ese sentido, la CNMC ha impuesto las siguientes multas: a Giacomo José Pullara Sanz (Persuade)- €40.000-;a José Pablo Canal (Director Ymedia-Vizeum Barcelona)-€32.000-; y a Guillermo José Hernández López (Media Sapiens)-€37.000-.
Contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa. Los sancionados pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Cartel tendente al reparto del mercado
La conducta supone una infracción única y continuada del artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia (LDC), y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La CNMC señala que «Los contactos acreditados entre las empresas sancionadas -dados su contenido y su objetivo- tienen un grado de nocividad suficiente para ser constitutivos de una infracción calificable como un cártel tendente al reparto de mercado con incidencia en las condiciones en que se han ejecutado los contratos de las diferentes campañas»
El expediente se inició de oficio por la CNMC cuando evaluaba las licitaciones basadas en el Acuerdo Marco para la materialización de las campañas de publicidad institucional de la Administración General del Estado (Acuerdo Marco 50/2014). Dicha evaluación se produjo como consecuencia de una consulta previa de la Junta de Contratación Centralizada del Ministerio de Hacienda sobre la licitación del citado Acuerdo Marco, ante las quejas recibidas por parte de dos licitadores (Persuade y Carat).
El papel de Ymedia ha sido central en la colusión
El papel de Ymedia ha resultado fundamental para la coordinación y los intercambios de información entre Carat (empresa de su mismo grupo empresarial) y el resto de empresas sancionadas, que han aprovechado el hecho de que Ymedia también tenía relaciones comerciales con otra de las empresas sancionadas (Persuade) para canalizar a través de ella sus comunicaciones.
En el caso de Media By Design, aunque su participación en la conducta ha quedado acreditada, su alegada falta de facturación en el ejercicio 2017 impide imponerle multa alguna en la Resolución. Sin embargo, ante la posibilidad de que concurran los requisitos exigidos por la jurisprudencia para apreciar la unidad económica entre esta empresa y otra u otras de su grupo, la Sala de Competencia del Consejo ha ordenado a la Dirección de Competencia que investigue si procede la incoación de un procedimiento sancionador contra alguna otra empresa del mismo grupo.
Imagen sobre el titular.- © CNMC














