La CNMC ha anunciado hoy una serie de acciones contra Mediaset y Atresmedia por infringir la legislación que regula los cortes publicitarios y la prohibición de publicidad encubierta.
En concreto La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia ha sancionado a Atresmedia con €300.000 y a Mediaset con otros €300.000 por incumplir la legislación en materia de interrupciones publicitarias.
Atresmedia, además podría haber difundido publicidad de forma encubierta el pasado verano y la Comisión ha acordado incoar un expediente contra la cadena por este motivo.
Mediaset y Atresmedia no respetaron la integridad del contenido de los programas con varios cortes publicitarios
La CNMC ha decidido imponer sendas multas de €300.000 a Atresmedia y Mediaset por emitir mensajes publicitarios sin respetar la integridad de los programas en los que se insertan, ni de las unidades que los conforman.
En el caso de Atresmedia, el expediente sancionador se refiere a interrupciones publicitarias en diferentes programas de los canales Neox, Nova y Mega en los meses de agosto y septiembre de 2015. Se trata en todos los casos de cortes en los diálogos. Resulta «evidente», dice la CNMC que «la interrupción de una frase afecta al derecho del tele espectador a que se respete la integridad del programa.»
En todos los casos, se trata de cortes publicitarios supeditados a las pausas de un canal principal.
Por lo que respecta a Mediaset, expediente se refiere a interrupciones publicitarias en diferentes programas de los canales Divinity y Energy en los meses de agosto y septiembre de 2015
La CNMC subraya que «ha comprobado que, en algunas ocasiones, la pausa publicitaria se introduce cuando el personaje está diciendo una palabra y se retoma la emisión instantes después sin acabar la palabra interrumpida, de manera que hay solución de continuidad en el diálogo y, evidentemente, afecta al derecho del telespectador a que se respete la integridad del programa»
Tambien en el expediente Mediaset, se trata de cortes publicitarios supeditados a las pausas de un canal principal.
En ambos casos La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia fundamenta jurídicamente las multas impuestas en la infracción de lo dispuesto en el artículo 14 la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA), el cual establece que las interrupciones publicitarias que se efectúen durante los programas deben respetar su integridad y la de las unidades que los conforman, de manera que no se perjudiquen los intereses de los telespectadores.
Atresmedia podría haber llevado a cabo publicidad encubierta de la Clínica Baviera
La CNMC anunciaba igualmente hoy que ha abierto un expediente contra Atresmedia por una posible vulneración del artículo 18.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), que prohíbe “la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”.
Asociación Española de Afectados por Intervenciones de Cirugía Refractiva denunciaba el pasado 5 de abril ante la Comisión de los Mercados y de la Competencia que podría haberse producido un caso de publicidad encubierta de la Clínica Baviera, en el programa “Objetivo Bienestar”, emitido en el canal Nova de Atresmedia, el 20 de marzo de 2016.
En caso de quedar acreditada la infracción, sería de carácter grave y la CNMC podrí imponer a la cadena una multa de entre €100.001 y € 500.000.
Imagen sobre el titular.- Patio, logia y pasillos en el interior de la CNMC -sede calle Alcalá de Madrid-. © CNMC.














