La Federal Trade Commission de EEUU (FTC) ha propuesto hoy que se imponga a Facebook (Meta desde octubre de 2021) una prohibición general que impediría a esta empresa monetizar de cualquier manera los datos de los niños y jóvenes menores de 18 años de los que disponga.
La prohibición genérica de monetización restringiría la forma en que utilizan los datos que recopilan los datos de niños y adolescentes tanto Meta como todas sus entidades relacionadas. La empresa solo podría recopilar y usar dichos datos para proporcionar los servicios o con fines de seguridad, y tendría prohibido monetizar estos datos o usarlos de otro modo para obtener ganancias comerciales, incluso después de que esos usuarios cumplan 18 años.
La prohibición en ciernes incluye todos los datos de los menores, incluso los recogidos a través de los productos de realidad virtual y estaría sujeta a otras posibles limitaciones ampliadas referidas al empleo de tecnología de reconocimiento facial y de aquellas necesarias para proporcionar la necesaria protección a los usuarios.
El procedimiento iniciado hoy por la FTC contra Meta para reformar y ampliar su orden de privacidad impuesta a la compañía en 2020 incluye aplicar a la multinacional tecnológica otras prohibiciones y limitaciones adicionales, como prohibición de lanzamiento de nuevos productos y servicios hasta obtener la aprobación de la FTC para ello; extensión del cumplimiento de la orden de privacidad y sus prohibiciones a las empresas fusionadas en Meta; extensión de los límites al empleo de tecnologías de reconocimiento facial establecidos en la orden de privacidad de 2020 y reforzamiento de las exigencias ya incluidas en la orden de privacidad emitida por la FTC en 2020.
Todas estas posibles prohibiciones y limitaciones que abarcan a Facebook y otros servicios de Meta como Instagram, WhatsApp y Oculus podrían mermar o al menos entorpecer las expectativas de obtención de ingresos a futuro de la multinacional y sus filiales.
Meta cuenta con un plazo de 30 días para responder a los hallazgos de la FTC y alegar sobre los cambios para endurecer las sanciones impuestas en la orden de privacidad de 2020.
El precio de las acciones de las plataformas Meta cayeron ayer estrepitosamente desde los €241,41 por título hasta los €234,39 tras conocerse el anuncio de la FTC. Las plataformas Meta acabaron a un precio de 239,24 por acción al cierre de la sesión bursátil. Esta caída del 9% frena la meteórica subida de los títulos de la plataforma de hasta el 97% que ha experimentado desde principios de 2023.

Pero la multinacional liderada por Zuckerberg no sólo debe de preocuparse por las Autoridades estadounidenses. También ha tenido problemas por quebrantar el Reglamento de Protección de Datos (RGPD) en la Unión Europea una vez capeado el escándalo Cambridge Analytica. Sin ir más lejos, la Comisión de Protección de Datos de Irlanda impuso a Facebook (entonces Meta ya) dos multas a finales de 2022 por incumplir con las obligaciones impuestas al gigante tecnológico por el RGPD. La primera, por valor de €210 millones se le impuso por incumplimientos del RGPD relativos a Facebook y una segunda multa de €180 millones por razones parecidas pero en relación con Instagram. Las denuncias se fundaban en hechos sucedidos en 2018.
Incluyo links, tanto a la propuesta de la FTC como a cada una de las decisiones de la Comisión de Protección de Datos de Irlanda al final de este post.
Porque Meta habría incumplido reiteradamente los compromisos de privacidad impuestos por la FTC a la empresa
La Autoridad estadounidense para protección de los consumidores y la competencia en el mercado dentro de EEUU funda esta propuesta y la imposición de alguna restricción más a la actividad comercial de Meta en el hecho de que la compañía no cumplió totalmente con la orden de privacidad emitida por la FTC en 2020 después de comprobar que el gigante tecnológico engañó a los padres sobre su capacidad para controlar con quién se comunicaban sus hijos a través de su aplicación Messenger Kids y tergiversó la información sobre el acceso que proporcionó a algunos desarrolladores de aplicaciones a los datos privados de los usuarios.
El evaluador independiente, encargado de revisar si el programa de privacidad de la empresa cumplía con los requisitos de la orden de 2020, identificó varias lagunas y debilidades en dicho programa de privacidad de Facebook. La FTC señala que la amplitud y la importancia de estas deficiencias plantean riesgos sustanciales para el público.
La FTC también alega que Facebook violó las órdenes de privacidad emitidas en 2012 y 2020 al continuar brindando a los desarrolladores de aplicaciones acceso a la información privada de los usuarios después de prometer en 2018 que cortaría dicho acceso si los usuarios no habían usado esas aplicaciones en los 90 días anteriores.
En ciertas circunstancias, Facebook continuó permitiendo que los desarrolladores de aplicaciones de terceros accedieran a los datos de los usuarios hasta mediados de 2020.
Mucho más que una prohibición genérica de monetizar los datos de los menores
Además de la prohibición genérica de monetizar los datos de los menores, la FTC propone aplicar a Meta y sus filiales las siguientes restricciones:
1.- Pausa en el lanzamiento de nuevos productos y servicios: Se prohibiría a Meta y filiales lanzar productos, servicios o funciones nuevos o modificados sin la confirmación por escrito del evaluador sobre que su programa de privacidad cumple totalmente con los requisitos de la orden de privacidad de la FTC y no presenta brechas materiales o debilidades.
2.- Extensión del cumplimiento a las empresas fusionadas: se requeriría que Meta garantice el cumplimiento de la orden de privacidad de la FTC por parte de cualquier compañía que adquiera o con la que se fusione, y que Meta cumpla con los compromisos de privacidad de esas empresas previos a la fusión y adquisición.

3.- Límites en los usos futuros de la tecnología de reconocimiento facial: se requeriría que Meta divulgue y obtenga el consentimiento afirmativo de los usuarios para cualquier uso futuro de la tecnología de reconocimiento facial. El cambio ampliaría los límites en el uso de este tipo de tecnología incluidos en la orden de 2020.
4.- Fortalecimiento de los requisitos existentes: se fortalecerían algunas disposiciones del programa de privacidad en la orden de 2020, como las relacionadas con la revisión de privacidad, el monitoreo de terceros, el inventario de datos y los controles de acceso, y la capacitación de los empleados. Las obligaciones de informar de Meta también se ampliarían para incluir sus propias violaciones de sus compromisos.
Tercera vez que la FTC toma medidas contra Facebook por no proteger la privacidad de los usuarios
Esta es la tercera vez que la FTC toma medidas contra Facebook por supuestamente no proteger la privacidad de los usuarios. La Comisión presentó por primera vez una queja contra Facebook en 2011 y obtuvo una orden en 2012 que prohibía a la empresa tergiversar sus prácticas de privacidad. Pero de acuerdo con una denuncia posterior presentada por la FTC, Facebook violó la primera orden de privacidad de 2012 a los pocos meses de su finalización, participando en tergiversaciones que ayudaron a alimentar el escándalo de Cambridge Analytica. En 2019, Facebook aceptó una segunda orden, que entró en vigor en 2020, resolviendo reclamaciones por haber violado la primera orden de la FTC, la de 2012. La propuesta de hoy alega que Facebook violó también la orden de 2020, así como la Ley de Protección de la Privacidad Infantil Online (Regla COPPA).
“Facebook ha violado repetidamente sus promesas de privacidad”, dice Samuel Levine, Director de la Oficina de Protección al Consumidor de la FTC. “La imprudencia de la empresa ha puesto en riesgo a los usuarios jóvenes y Facebook debe responder por sus fallos”.
La orden de privacidad de 2020 requería a Facebook para que pagara una cantidad en concepto de responsabilidad civil de $5.000 millones. La mencionada orden de 2020 también amplió el programa de privacidad requerido, así como el papel del asesor externo independiente en la evaluación de la eficacia del programa de protección de la privacidad de Facebook.

Por ejemplo, la orden de 2020 requería que la compañía llevara a cabo una revisión de privacidad para cada producto, servicio o práctica nuevos o modificados antes de su implantación y que la multinacional documentara sus determinaciones de mitigación de riesgos, aunque no exigía la previa aprobación del plan de protección de privacidad antes del lanzamiento de cada producto o servicio.
La orden mencionada, la de 2020, requería igualmente a Facebook para que mejorara la seguridad de la protección de la información personal e impuso restricciones sobre el uso del reconocimiento facial y los números de teléfono obtenidos para garantizar la seguridad de la cuenta de cada usuario.
Imagen sobre el titular.- Mark Zuckerberg (fundador y CEO de Meta) hace sonar la campana de apertura del Nasdaq el día de la primera cotización en bolsa de las acciones de Facebook (19 de agosto de 2019). Créditos: Zef Nikolla
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