Hoy ha sido convalidado en el Congreso de los Diputados el Real Decreto Ley por el que el Gobierno regula la llamada Excepción Ibérica. Ha sido convalidado con 197 votos a favor, 2 en contra y 143 abstenciones. El Congreso ha rechazado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, de modo que entra en vigor una vez publicada en el BOE la Orden Ministerial de Autorización de la Excepción Ibérica por parte de la Comisión Europea. El Real Decreto Ley estará vigente durante doce meses y no podrá aplicarse más allá del 31 de mayo de 2023.
La finalidad de la norma es limitar «el impacto que la escalada de precios del gas natural está teniendo en el mercado mayorista de electricidad como consecuencia del diseño marginalista del mismo». Este diseño marginalista «determina que el precio de toda la electricidad es fijado por la última unidad de generación necesaria para abastecer la demanda en cada hora, siendo el gas natural la tecnología que con mayor frecuencia actúa como tecnología marginal» según se especifica la norma en su exposición de motivos.
La bajada del precio de la electricidad, que el Gobierno calcula en un máximo del 30% de la factura, debería empezar a notarse ya el día 15 de junio, puesto que la Orden Ministerial de Autorización fija como fecha de inicio del mecanismo de ajuste el 14 de junio de 2022 y será el precio fijado por primera vez con el nuevo mecanismo el mencionado día 14 el que se aplicará el día siguiente, 15 de junio de 2022.
Un nuevo mecanismo de fijación de precios mayoristas que repercutirá en la tarifa de último recurso, pero también en el mercado libre
La norma establece un mecanismo de ajuste del coste de producción de las tecnologías fósiles marginales basado en una fórmula matemática para reducir el precio de las ofertas que dichas tecnologías realizan en el mercado.
Las instalaciones que se encuentren entre las que la norma establezca como susceptibles de percibir el ajuste ofertarán en el mercado diario con su mejor previsión de producción internalizando la cuantía unitaria del ajuste.
La cuantía del ajuste se calculará mediante una fórmula en la que el precio de referencia del gas natural será de 40€/MWh los seis primeros meses y se incrementará 5€/MWh cada mes posterior.
Este mecanismo de ajuste se adoptará de manera simultánea y coordinada en toda la Península Ibérica debido a la integración de los mercados eléctricos de España y Portugal en el Mercado Ibérico de Electricidad.
El Real Decreto-Ley también recoge que el Gobierno realizará las modificaciones necesarias en la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica antes del 1 de octubre de 2022 con el objeto de reducir la volatilidad del precio.
El nuevo mecanismo para la fijación de precios (es decir La Excepción Ibérica) se podrá suspender temporal o definitivamente cuando así se justifique por circunstancias excepcionales del mercado o por razones de interés general mediante Acuerdo del Consejo de Ministros y con la conformidad previa del Gobierno portugués.
El operador del mercado y del sistema vigilarán la aplicación efectiva del nuevo modo de fijación de precios
El operador del mercado y el operador del sistema eléctrico español comunicarán a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia cualquier actuación de los agentes del mercado contraria al correcto funcionamiento del esquema de fijación de precio al objeto de valorar si dicha actuación puede ser constitutiva de infracción sancionable por el organismo correspondiente.
Imagen sobre el titular.- Bombilla encendida, a base de euros. © Eastwind. Imagen original de la bombilla, base de la imagen final de Lidija296, a través de Wikimedia Commons. Para ver la fotografía original y leer los términos de la licencia, clic aquí
Eastwind links relacionados:
¿Es la Excepción Ibérica sinónimo de electricidad a precios asequibles durante 12 meses?.
Links externos relacionados:
Orden TED/517/2022, de 8 de junio, por la que se determina la fecha de
entrada en funcionamiento del mecanismo de ajuste de costes de producción
para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista
regulado en el Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, y por la que se da
publicidad a la decisión de la Comisión Europea que autoriza dicho
mecanismo (Publicada en el BOE de 9 de junio de 2022). Para leer la Orden, clic aquí
Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, por el que se establece con
carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la
reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista. Para leer el Real Decreto-Ley, clic aquí